SEGURO DE VIDA PARA DEUDORES BRILLA
El Seguro de Vida Deudor cancela el saldo insoluto de la deuda Brilla en caso de muerte o incapacidad total y permanente del deudor principal. Aplica para créditos de Financiación No Bancaria Brilla de usuarios de Gases del Caribe S.A. Empresa de Servicios Públicos.
Aseguradora: Seguros de Vida Alfa S.A.
¿Cómo presentar una reclamación?
En caso de siniestro que pueda dar lugar a reclamación, el asegurado tiene la obligación de dar aviso a Gases del Caribe S.A. Empresa de Servicios Públicos o Seguros de Vida Alfa S.A. del siniestro, dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de ocurrencia.
La reclamación debe ser presentada por escrito en las oficinas de Atención al Cliente de Gases del Caribe o a través de la página web https://portal.gascaribe.com/, opción PQR, adjuntando los soportes que se requieran según el siniestro ocurrido.
Condiciones Seguro de Vida Deudor para Créditos Brilla registrados entre el 1 de agosto de 2023 y el 31 de diciembre de 2024
Prima mensual:
El valor de la prima mensual del Seguro de Vida Deudor es $135.4 (ciento treinta y cinco pesos con cuatro centavos) mensuales por cada $100.000 (cien mil pesos), el valor total del seguro se verá reflejado en la cuota mensual del crédito Brilla en la factura de Gases del Caribe.
Coberturas:
Muerte por cualquier causa: con motivo del fallecimiento natural o accidental del asegurado, la aseguradora cubrirá el saldo insoluto de la deuda del crédito Brilla.
Incapacidad total y permanente: ampara la incapacidad total y permanente sufrida por el asegurado que tenga como consecuencia una pérdida de capacidad laboral igual o superior al 50% determinada por una de las siguientes entidades.
ARL, Colpensiones, compañías de seguros que otorgan el seguro previsional de invalidez y sobrevivencia, EPS, Juntas Regionales de Calificación la Junta Nacional de Calificación de Invalidez; y su fecha de estructuración sea posterior al desembolso del crédito, sin perjuicio de las exclusiones contempladas en el certificado del seguro de vida deudores.
Soportes para presentar carta de reclamaciones de siniestros:
Fallecimiento por cualquier causa laboral:
- Fotocopia de cédula de ciudadanía del deudor principal crédito Brilla.
- Registro civil de defunción original o debidamente autenticado del deudor principal del crédito Brilla.
Por Incapacidad Total y Permanente:
- Fotocopia de cédula de ciudadanía del deudor principal del crédito Brilla.
- Historia clínica completa y copia de las incapacidades del deudor principal del crédito Brilla.
- Certificación de la junta calificadora de invalidez o institución de la seguridad social (EPS, ARL) del deudor principal del crédito Brilla.
Condiciones Seguro de Vida Deudor para Créditos Brilla registrados a partir del 1 de enero de 2025
1. Prima mensual 2025: de la prima mensual del Seguro de Vida Deudor es $187.5 (ciento ochenta y siete pesos con cinco centavos) mensuales por cada $100.000 (cien mil pesos), el valor total del seguro se verá reflejado en la cuota mensual del crédito Brilla en la factura de Gases del Caribe.
2. Cobertura 2025:
- Fallecimiento por cualquier causa laboral: con motivo del fallecimiento natural o accidental del asegurado, la aseguradora cubrirá el saldo insoluto de la deuda del crédito Brilla.
- Incapacidad laboral total y permanente: ampara la incapacidad total y permanente sufrida por el asegurado que tenga como consecuencia una pérdida de capacidad laboral igual o superior al 50% determinada por una de las siguientes entidades:
ARL, Colpensiones, compañías de seguros que otorgan el seguro previsional de invalidez y sobrevivencia, EPS, Juntas Regionales de Calificación o la Junta Nacional de Calificación de Invalidez; y su fecha de estructuración sea posterior al desembolso del crédito, sin perjuicio de las exclusiones contempladas en el certificado del seguro de vida deudores.
- Renta diaria por hospitalización: bajo este amparo la aseguradora pagará al asegurado el valor de $50.000 como beneficio por cada día de hospitalización, si es hospitalizado como consecuencia directa y exclusiva de una enfermedad o un accidente. La indemnización se otorgará desde el quinto (5º) día de hospitalización del asegurado y cubrirá un máximo de siete (7) días continuos por cada vigencia anual.
- Renta diaria por hospitalización en la unidad de cuidados intensivos: este amparo la aseguradora indemnizará al asegurado con el valor de $100.000 como beneficio diario durante la permanencia en la unidad de cuidados intensivos, si es como consecuencia directa y exclusiva de una enfermedad o un accidente. La indemnización se otorgará desde el quinto (5º) día de hospitalización del asegurado en la unidad de cuidados intensivos y cubrirá un máximo de siete (7) días continuos por cada vigencia anual.
- Fracturas de huesos (miembros superiores o inferiores): La aseguradora indemnizará al asegurado con el valor de $500.000 por evento y/o vigencia, en caso de sufrir una fractura cubierta por la póliza, entendiendo como tal la condición médica en la que el hueso dañado está agrietado o roto de tal manera que hay una ruptura completa en la continuidad de la médula del hueso.
Soportes para presentar carta de reclamación por ocurrencia de siniestro 2025:
Por muerte:
- Fotocopia de cédula de ciudadana del deudor principal crédito Brilla.
- Registro civil de defunción original o debidamente autenticado del deudor principal del crédito Brilla.
Por Incapacidad Total y Permanente:
- Fotocopia de cédula de ciudadanía del deudor principal del crédito Brilla.
- Historia clínica completa y copia de las incapacidades del deudor principal del crédito Brilla.
- Certificación de la junta calificadora de invalidez o institución de la seguridad social (EPS, ARL) del deudor principal del crédito Brilla.
Por renta diaria por hospitalización y unidad de cuidados intensivos
- Fotocopia de cédula de ciudadanía del deudor principal del crédito Brilla.
- Historia clínica completa donde determine fecha y hora de ingreso, y fecha y hora de salida del centro hospitalario.
- Certificación bancaria con fecha de expedición no mayor a 30 días.
- Diligenciar formulario de conocimiento de cliente, sector asegurador.
Por Fracturas por accidente:
- Fotocopia de cédula de ciudadanía del deudor principal del crédito Brilla.
- Historia clínica completa donde se especifique el tipo de fractura diagnosticada.
- Certificación bancaria con fecha de expedición no mayor a 30 días.
- Diligenciar formulario de conocimiento de cliente, sector asegurador.
Revise este enlace para conocer más información sobre las condiciones particulares de esta póliza.