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SEGURO INTEGRAL CÁNCER

El crédito Brilla cuenta con posibilidad de adquirir un producto que cubra eventualidades como diagnóstico de cáncer y muerte por cualquier causa.

Edad de ingreso

Mínima 18 años / Máxima 69 años + 364 dias

Edad de permanencia

75 años + 364 dias

¿Que cubre?

Detección del cáncer: $6.000.000 al asegurado.
Muerte por cualquier causa: $3.000.000 a los beneficiarios designados y/o los de ley.

Nota: Finalizada la vigencia del crédito, la póliza cuenta con renovación automática anual, siempre y cuando se cumplan las políticas definidas para la renovación.

Disfruta sin costo del PROGRAMA DE BIENESTAR:

  • Nutrición y Salud: Ilimitado para el asegurado o beneficiario..
  • Clases de Cocina: Ilimitado para el asegurado o beneficiario.
  • Psicología 24/7: Ilimitado para el asegurado o beneficiario.

Cómo usarlo: Ingresa al link www.brillaseguro.com y regístrate. 

Importante

  • Se otorga cobertura a cualquier tipo de cáncer incluyendo cáncer de piel, melanoma, respecto del cual se pagará el 100% del valor asegurado, y cáncer de piel distinto a melanoma, respecto del cual de pagará el 20% del valor asegurado.
  • Únicamente se cubren diagnósticos que ocurran a partir del día 61 desde el inicio de vigencia del seguro.
  • El certificado en el que conste el tiempo de evolución y diagnóstico de la enfermedad podrá ser expedido por el médico tratante afiliado a la EPS, SISBEN, ARL, Medicina Prepagada o Póliza de Salud o medico independiente licenciado en Colombia.
  • Eventos ilimitados, siempre y cuando se correspondan con el primer diagnóstico por tipo de cáncer en la vigencia.
  • No se otorgará cobertura a canceres diagnosticados y/o descubiertos previamente al ingreso de la póliza de seguro.
  • No se otorgará cobertura a metástasis originada a partir de un cáncer diagnosticado antes o durante la vigencia de este seguro.

Proceso para reclamar ante un siniestro

  • Línea directa WhatsApp: 3124106341
  •  A través de la página www.gascaribe.com
  •  A través del correo siniestros@cardif.com.co

Para todos los medios es necesario que anexen fotocopia de la cedula del asegurado y los siguientes documentos:

Para la cobertura de Detección del Cáncer:

  • Certificado médico en el que conste el tiempo de evolución y fecha de diagnóstico de la enfermedad, expedido por el médico tratante afiliado a la EPS, SISBEN, ARL, Medicina Prepagada o Póliza de Salud o médico independiente licenciado en Colombia.
  • Copia de la Historia Clínica del Asegurado.
  • Copia de los exámenes que comprueban y/o dan cuenta del padecimiento de la enfermedad (biopsias, radiografías, etc.).
  • Estudios patológicos que confirmen el diagnóstico. 

Para la cobertura de muerte por cualquier causa

  • Fotocopia ampliada al 150% de los beneficiarios.
  • Copia del acta de levantamiento de cadáver o certificación de la fiscalía que indique fecha, causa de la muerte y los datos del asegurado o certificación médica en la cual conste la causa de la muerte. 

 

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Acatando las medidas establecidas por el Gobierno Nacional para la prevención del COVID-19, informamos que se encuentran temporalmente suspendidas las visitas de los asesores de ventas a nuestros clientes. Agradecemos su compresión.

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Con Brilla Barranquilla, puedes solicitar los datos de contratación y los datos del medidor para su respectiva verificación.
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